Consejos para trabajadores remunerados con recibos de honorarios ajenos

Luis nos escribe señalando que él cobra su remuneración por fuera de planillas y encima a través de recibos de honorarios girados por otra persona, y ante ello pregunta si le corresponde algún beneficio laboral.

Ya en otro artículo publicado en este portal Robert del Aguila Vela ha explicado que los trabajadores dependientes tienen derecho a los beneficios laborales que establece la legislación peruana, aún cuando no se encuentren registrados en planilla. Por lo tanto no voy a redundar sobre ello.

Pero sí voy a referirme a la situación de los trabajadores que cobran su remuneración a través de comprobantes de pago emitidos por personas ajenas a la relación laboral.

Lo primero que debemos precisar es que un comprobante de pago (recibo de honorarios profesionales, factura o boleta) es emitido como consecuencia de un abono de dinero. Quiere decir que la expedición de un comprobante de pago es el medio de prueba de que la persona a quien se emitió el comprobante ha efectuado un abono de dinero a favor del emisor. Tomando a Luis como ejemplo, significa que si un tercero emite un recibo de honorarios para que la empleadora sustente el egreso de dinero que significa el pago de la remuneración de Luis, tendriamos que Luis no tiene un medio de prueba de que percibe una remuneración sino que existe la apariencia de que es el tercero que ha emitido el comprobante quien está siendo pagado por la empleadora de Luis.

Esto nos lleva a un segundo punto. El pago es consecuencia de la prestación de servicios que realiza el trabajador (en este caso Luis). Como el trabajador no emite el recibo de honorarios que sustente que está recibiendo un pago por sus servicios también existe la apariencia de que quien prestó los servicios al empleador no fue él sino el tercero que emite los comprobantes.

Se trata pues de un esquema planificado por el empleador para simular que el trabajador no presta ningún servicio y tampoco es retribuido económicamente por su labor, con lo cual se pretende evadir el reconocimiento y pago de los derechos laborales del trabajador.

Llegado a este punto interesa determinar qué hacer para afrontar una situación de estas características.

Lo primero que recomendamos es que el trabajador solicite al Ministerio de Trabajo una inspección para que se verifique su relación laboral y la existencia de adeudos por todo el período que se encuentra fuera de planillas. La autoridad inspectiva hará constar en un acta la existencia del vínculo laboral y obligará a la empleadora a registrar al trabajador en planillas.

Si ello no fuere posible, el trabajador deberá agenciarse de medios probatorios que acrediten que se encuentra prestando servicios remunerados para el empleador bajo la dirección de éste (fotografías, grabaciones de conversaciones en que le den órdenes para sus labores o en las que se mencione el pago, cualquier tipo de escritos en las que consten órdenes o sanciones, etc.). Lo que se trata es de que existan medios probatorios que lleven a la autoridad judicial al convencimiento de que existió una relación laboral y que el empleador la encubrió a través de inexistentes servicios civiles a cargo de terceros que emitían recibos de honorarios por sumas que jamás recibieron.

Como se aprecia, es posible que un trabajador que labora en situaciones tan complicadas como la descrita pueda obtener el reconocimiento de sus derechos laborales, pero ello requiere que adopte acciones para obtener las pruebas de su relación laboral.

Finalmente es necesario recordarles que cada caso es único y especial, y tiene peculiaridades que ayudan o perjudican, por lo cual la estrategia a seguir depende de cada caso concreto. Es por ello que en este artículo sólo emitimos una opinión informativa de carácter general, sin perjuicio de lo cual cada caso debe ser analizado por un profesional para abordar la mejor estrategia en beneficio del trabajador. Precisamente en LaboraPeru contamos con un módico servicio de asesoría y patrocinio laboral que está a tu disposición para solucionar tus problemas laborales.

18 thoughts on “Consejos para trabajadores remunerados con recibos de honorarios ajenos”

  1. Hola.
    quiero asesoria tengo mas de un año de servicio, estado girando recivo por honorarios ahora estoy en planilla me deven dar liquidacion? tambien me corresponderia vacaciones pork no me lo an dado

  2. quisiera saber si los trabajadores que estan por honorarios , al retirarse de la empresa, tiene liquidacion,ya que hay muchas empresas que indican que si tu trabajas con honorarios, no tienes ningun beneficio.

  3. buneas noches mi consulta es, tengo 26 años trabajo en un estudio contable como asistente administrativo mi jefe me paga 900 soles trabajo de 9 a 6 y 45, l-v y sab 9 a 3 pm yo entre con 800 soles a trabajar aqui, en el 2009 mi pregunta es mi jefe tiene el deber de aumentarme el sueldo o como le sustento que me aumente el sueldo. gracias

  4. Buenas tardes, trabajo en una empresa que comercializa productos, recibo un básico por planilla, mi cargo es de vendedor y captar clientes, me hacen firmar un contrato cada 6 meses donde estipula la escala de comisiones que debo ganar por tal o cual monto, el problema es que para cobrar mis comisiones tengo que remitirles un recibo por honorarios de terceras personas, la pregunta es ¿cuando ellos me liquiden el pago solo sera en base a lo que figura en mi básico por planilla?, ¿podre reclamar algo por lo de las comisiones? o que debo hacer

  5. hola esta interesante este anuncio mi consulta es la siguiente aca en ucayali-pucallpa las autoridades parecen dormidos o sedados en cuestiones laborales en la empresa EMAPACOP S.A. Existen casos similares de ex trabajadores que denunciaron por sus beneficios y creo que ganaron los juicios y lo siguen haciendo, el caso es esto que trabajamos mas de 3 a 5 años para poder estar en planillas y eso si las gestiones nuevas que ingresan nos ponen en planilla o con juicio, quisiera saber si puedo hacer algo con respeto a mi condicion somos algo de 30 trabajadores en esta condicion. gracias

  6. hola hace 5 años tenia un negocio de confecciones en el cual giraba boleta en la actualidad trabajo en uu municipio y me piden cobrar con recibo por honorarios en mi negocio las boletas se me extraviaron y asu ves di mi ruc por baja temporal como hago para poder sacar mi recibo por honorario y poder cobrar

  7. UN ATENTO SALUDO, TRABAJO EN EL INIA DESDE SETIEMBRE DEL 2006 DESDE QUE EMPEZO EL CAS ESTUVE, PERO A PARTIR DEL AÑO 2010 NOS SACARON A VARIOS, SIEMPRE EMITI RECIBO POR HONORARIOS, DECLARACIÓN JURARA,TERMINOS DE REFERENCIA, Y NO FIRMO NINGUN CONTRATO DE TRABAJO O ALGO, QUIERO SABER QUE VINCULO LABORAL TENGO, CUALES SON MIS BENEFICIOS, DERECHOS LABORALES, TENGO UNA ENTRADA Y SALIDA .

  8. trabajo en una municipalidad bajo la modalidad que le llaman por productividad osea en un determinado tiempo ejecuto los trabajos encomendados (100% digamos) , emito mis recibos por honorarios, puedo trabajar en otra muncipaliad en las mismas condiciones laborales o bajo la modalidad de servicios de terceros emitiendo recibos por labores especificas.

  9. hola
    soy jorge y yo trabajo desde noviembre del 2010 y no estoy en planilla quiero retirarme pero dice que no me pagaran nada pero tengo un papel de inspeccion de la sunat donde me reconoce como trabajador que puedo hacer si no me han pagado ni gratificaciones ni vacaciones

    1. Estimado Jorge, como crees que podria conseguir o tramitar el Documento de Inspeccion de la Sunat donde de me indique que soy trabajador permanente emitiendo Recibos x Honorarios por el concepto de mi salario?

  10. buenas, e trabajado 12 años en una empresa privada de los cuales 2 años (2003-2004), estuve por recibo por honorario, renuncie el 31 de diciembre 2013. mi liquidación por planilla ya esta pero no por recibo por honorario, quisiera saber si me corresponde y cuanto es el monto por los dos años que estuve por recibo por honorarios para hacer mi reclamo con fundamento.

    1. Estimada Victoria:

      Los empleadores no suelen reconocer derechos laborales por los períodos trabajados fuera de planillas, por lo cual generalmente el pago se obtiene mediante proceso judicial. Para dos años de labores los beneficios sociales generados son algo más de 8 sueldos (2 remuneraciones vacacionales, 2 indemnizaciones vacacionales, 4 gratificaciones legales y aproximadamente 2.34 remuneraciones como CTS). Si Ud. tiene forma de probar que laboró esos dos años que indica le corresponden beneficios sociales, puede solicitarlo a su empleadora mediante el modelo de solicitud que tenemos en nuestro portal, y si no tiene respuesta favorable puede contactarnos para patrocinarla judicialmente.

      El enlace del modelo de solicitud de pago de beneficios sociales es el siguiente:

      https://laboraperu.pe/modelo-de-solicitud-de-pago-de-beneficios-sociales.html

      Suerte en su pedido tenga Ud. buenas noches.

  11. HOLA,
    SOY POLICIA, Y EN MIS DÍAS LIBRES DESDE EL AÑO 2006 INTEGRO UN EQUIPO DE SEGURIDAD DE TRES PNP, PARA UNA EMPRESA TEXTIL, SERVICIO QUE CULMINÉ EN EL AÑO 2013, Y HE EMITIDO RECIBOS POR HONORARIOS EN FORMA ROTATIVA CON MIS COMPAÑEROS TODO ESE PERIODO. QUE BENEFICIOS LABORALES HE ADQUIRIDO? SI MIS COMPAÑEROS PROSIGUEN LABORANDO?

  12. Quisiera saber si al emitir un RxH ajeno y este aun no ha sido cancelado durante las proximas 3 semanas siguientes denido a, según ellos, tramites internos, ¿tengo derecho a demandarlos?

  13. Buenas tardes, mi consulta es la siguiente; trabaje 3 años por recibo por honorarios en un colegio particular, en ese colegio solo algunas profesoras estaban en planillas y otras por recibo por honorarios como es mi caso, nunca me pagaron gratificaciones, CTS, y ahora el director me comunica que solo voy a trabajar hasta Noviembre sin dejarme terminar el año por lo menos, quisiera saber si tengo algún derecho que reclamar, pues considero que merezco alguna compensación por el tiempo que he trabajado, desde ya agradezco su pronta respuesta.

  14. Buenas tardes, mi consulta es la siguiente; trabaje 3 años por recibo por honorarios en un colegio particular como profesora de 1 grado, de lunes a viernes de 7.30 a 2.30 y en ocasiones también trabajamos los sábados, en ese colegio solo algunas profesoras estaban en planillas y otras por recibo por honorarios como es mi caso, nunca me pagaron gratificaciones, CTS, y ahora el director me comunica que solo voy a trabajar hasta Noviembre sin dejarme terminar el año por lo menos, quisiera saber si tengo algún derecho que reclamar, pues considero que merezco alguna compensación por el tiempo que he trabajado, desde ya agradezco su pronta respuesta.

  15. He trabajado una fabrica desde 2003 hasta el 2011 en ventas pero siempre giramos facturas ,a ciertos trabajadores les pagaron con maquinas y les liquidaron. yo por cuestión de agradecimiento no hice nada. pero cuando me entere que habia esas preferencias ,no me parecio justo. actualmente la fabrica la han vendido a una mas grande pero sigue funcionando con la misma marca y razon social. hay algo que se pueda hacer?
    Gracias ,Espero atento sus comentarios .

  16. mi hija trabaja para una municipalidad desde abril del 2014 hasta la fecha pero en el mes de julio salio emnarazada la puedesn despedir xq ha firmado solo hasta el 31 de enero a lla le pagan x recibo x honorarios y si le renuevan tendra derecho a descanzo pre y post natal espero q sea de ayuda su respuesta gracias-

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