La mitad de la cuarta lista de cesados irregularmente no elige beneficios

Pese a que la cuarta lista de trabajadores cesados irregularmente fue aprobada y publicada la semanda pasada, y a sólo un día para el vencimiento del plazo de elección del beneficio, el Ministerioo de Trabajo informa hoy en su portal electrónico que sólo 3,500 de los 7,676 ex trabajadores que integran la lista se han apersonado a presentar los correspondientes formatos señalando el beneficio elegido.

Como es de conocimiento público las anteriores listas fueron cuestionadas debido a presuntos negociados de los gremios sindicales encargados de elaborarlas (que aparentemente adoptaron como criterio de selección la realización de presuntas aportaciones económicas por parte de quienes resultaron beneficiados) y debido a la inclusión de allegados al partido de gobierno que terminaron incorporados al aparato estatal a pesar de haber cesado con cobro de incentivos económicos.

Esta cuarta lista tampoco se encuentra exenta de críticas dado que el informe definitivo no fue firmado por 7 de los 12 miembros de la comisíón evaluadora e incluso el propio representante de la Presidencia del Consejo de Ministros retiró su firma por cuanto la lista no fue consensuada con los representantes de los trabajadores. La información que ha trascendido por los medios de prensa es que la lista publicada fue elaborada por el ex Ministro de Trabajo Jorge Villasante y sus asesores dejando de lado a la comisión evaluadora, señalando los gremios laborales (incluyendo la Confederación de Trabajadores del Perú, ligada al gobierno de turno) que no se habría considerado a cerca de 2,000 ex trabajadores propuestos por los sindicatos quienes habrían sido sustituidos por personas allegadas al citado ex ministro.

Cabe señalar que el Sr. Jorge Villasante ha desmentido públicamente tales acusaciones pero no ha podido desvirtuar los argumentos esgrimidos por el representante de la Presidencia del Consejo de Ministros para retirar su firma del informe final.

Es preciso indicar también que si hasta el día de 12 de Agosto del 2009 el beneficiario no se acerca a señalar cual de los beneficios elige (jubilación, reincorporación laboral o compensación económica) le corresponderá el pago de la compensación, por lo cual para aquellos que desean acogerse a dicho pago da lo mismo que presenten o no el formato de elección.

Otro punto a analizar es que el acogimiento a la jubilación adelantada no garantia que ello se produzca dado que se requiere que el beneficiario cumpla con los requisitos para obtener pago de pensión. Igualmente el acogimiento a la reincorporación laboral tampoco garantiza la reposición laboral debido a que se requiere la existencia de plazas vacantes y el cumplimiento del perfil profesional necesario para el cargo al que se postula, habiendo además dispuesto la norma de la materia que si no se produce la reposición en el presente año 2009 sólo corresponderá el pago de la compensación económica.

Todo ello explica que a falta de un día para el vencimiento del plazo sólo la mitad de los beneficiarios de la cuarta lista de trabajadores cesados irregularmente haya elegido el beneficio al que desean acogerse. Es probable que los más de 4,000 beneficiarios que aún no han presentado sus formatos consideran que sólo se les otorgará una compensación económica por lo cual no tiene sentido perder tiempo en acudir al Ministerio de Trabajo a señalar su elección.

En todo caso, esto no es asunto definitivo, debido a que aquellos que no fueron incluidos en la lista serán notificados de las razones para su exclusión quedando con ello agotada la vía administrativa. Ello significa que dichos ex trabajadores tendran la vía expedita para interponer una acción de amparo o una demanda contencioso administrativa.

De este modo la falta de transparencia del gobierno y la ausencia de rigurosidad en la elaboración de la lista han abierto una caja de pandora que augura numerosos procesos judiciales que serán costeados con dinero de todos los peruanos y hacen previsible una quinta lista, máxime si estamos ad portas de un año electoral.

4 thoughts on “La mitad de la cuarta lista de cesados irregularmente no elige beneficios”

  1. Un saludo cordial Dr. Robert del Aguila Vela, y congratularlo por su portal, en cuanto a la 4ta. lista lo único que puedo definirlo es que igual que las listas anteriores están prostituidos por los mismos dirigentes Sindicales y funcionarios de cada gobierno ineficiente para poder solucionar este gravísimo problema de mas 350,000 servidores fueron arrojados a la calle sin un plan preconcebido hoy podemos ver el
    impacto social y económico,(ojo no pasa de 10% de reincorporados del total) que ha generado mas problemas como:
    1. Surgimiento de gran cantidad de microbuseros y taxistas por carencia de ocupación en otros rubros.
    2. Destrucción de miles de hogares, y migración hacia el exterior, incremento de la delincuencia.
    3. Sólo se han beneficiado siempre los mercaderes del negocios los dirigentes cobraron y todavía se ha reincorporado en buenos puestos sin tener el perfil para dichos puestos. todo puede suceder en el Perú lamentablemente; por carencia de gobernabilidad por culpa de los mismo gobernantes, este es el drama que se puede hacer ante este caos. atte. Héctor Huamaní B.

  2. SOY DESPEDIDO DEL BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERU CON 18 AÑOS DE SERVICIO IMGRESE EN 1974 SALI EN 1992 SOY BENEFICIARIO DEL 4TO LISTADO HE OPTADO POR LA OPCION DE REINCORPORACION PREGUNTO DEBO IR A UN LITIGIO POR DAÑOS Y PERJUCIOS EN ESTOS MOIMENTOS EEN QUE VAMOS A TRATAR DE DIALOGAR CON LA INSTITUCION PARA LA REINCORPORACION ,Y CUANTO TIEMPO TENGO PARA PODER INICIAR ESTE LITIGIO POR DAÑOS I PERJUICIOS Y DESDE QUE FECHA COMIENZA A CONTARSE LOS DIAS ,AGRADECIENDO DE ANTEMANO LA REPUESTA A LA PRESENTE.

  3. Estimado Dr. Roberto Del Aguila vela

    Previo cordial saludo, la presente tiene por objeto solicitar su valiosa colaboracion respecto de la demanda de reintegro o revision de beneficios sociales a que se contrae el articulo 18 de la ley 27803, somos ex trabajadores de la municipalidad de lima, a quienes se nos pago en forma diminuta la CTS y jamas depositaron en cuenta bancaria nuestra CTS por efecto de la ley 25807 y ahora la entidad se niega a cumpli con los intereses legales citados, la gran mayoria cuenta con mas de 30 años de sevicios y nuestra remuneracion fluctua entre los S/. 2,200.00 nuevos soles, y me gustaría conversar conm usted haber si puede llevar el caso, considerando que somo ex trabajadores de escasos recursos ya que somos despedidos hace trece años; quedo en espera de su gentil respuesta.
    Saludos
    VICENTE MAMANI QUISPE

  4. yoy beneficiariio de la cuarta lista he optado por la compensacion economica pero por motivos de trabajo me encuentro en italia mande la carta poder a mi hermana pero llego tarde el 15 de enero 20010 no le quisieron pagar dijieron que era hasta el 14-01-10 que cosa debo hacer no puedo viajar ayudeme

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