Pago de beneficios sociales a trabajador SNP (Servicios No Personales)

Francisco trabajó durante 4 años y 9 meses en el Fondo de  Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES, unidad ejecutora del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. Cuando ingresó a laborar le hicieron firmar un contrato de servicios no personales que fue renovado sucesivamente hasta que poco después del cambio de gobierno le comunicaron que habían decidido no seguir contando con sus servicios. Nunca le pusieron en planillas y por lo tanto jamás le reconocieron derechos laborales. No tuvo vacaciones, no le pagaron gratificaciones, no le depositaron su Compensación por Tiempo de Servicios, y como ocurre con miles de trabajadores similares, fue despedido sin indemnización y sin reconocimiento de ningún beneficio laboral bajo el argumento de que era un trabajador SNP (servicios no personales o locación de servicios).

Francisco  solicitó nuestra asesoría y entabló una demanda laboral. Como resultado la Primera Sala Transitoria Laboral de Lima ordenó en sentencia definitiva que FONCODES le pague más de S/. 141,000.00 Nuevos Soles por concepto de beneficios sociales e indemnización por despido, reconociendo la naturaleza laboral de los servicios de Francisco.

Si Francisco no hubiera decidido consultarnos y entablar una demanda laboral con nuestra asesoría, no hubiera obtenido el reconocimiento y pago de sus beneficios sociales. Por eso, si tu situación es parecida a la de él (ya sea que trabajaste para FONCODES o para otras entidades públicas similares como COFOPRI, SBS, SUNAT, INDECOPI, PRONAA, CONATA, FONAFE, etc.), no esperes más y consúltanos a través del formulario que aparece en la parte derecha de la página para que tú también puedas obtener el pago de tus créditos laborales.

A continuación te mostramos la sentencia de Francisco:

Casos Resueltos Francisco Ch. – FONCODES

98 thoughts on “Pago de beneficios sociales a trabajador SNP (Servicios No Personales)”

  1. Señores, por favor necesito asesoria, ya que mi caso se encuentra en la Sala Constitucional Transitoria de Lima, presente casación ya que en la primera y segunda sala lo declararon infundada, estoy solicitando mi reincorporación a mi centro de labor ya que labore en la modalidad de contratada por mas de tres años, pero los señores Jueces no tienen en consideración las pruebas que presente, como boletas de pago, contratos y otros, quisiera saber si existe alguna jurisprudencia al respecto, asimismo le comento que despues de haber iniciado el proceso me obligaron a cobrar mis beneficios sociales, agradecere se sirvan contestar o comunicarse con mi persona. atte. Ruth Gilian

  2. Tengo un caso bastante similar al de Francisco, me gustaria hacer consultas mas directas con uds. para que me orienten, donde puedo ubicarlos y por favor envíenme su dirección y telefónos.

    Gracias, estare a la espera de su respuesta.

    Atte.
    Rocío

    1. mi consulta es que tengo un hermano que sufrio un accidente laboral quedando como resultado con una inbalides total y permanente dicho accidente sucito en horas de trabajo en la interoceanica norte y quisieramos saber cuales son los beneficiosque lo pertenese Ademas mi hermano tiene seguros contratados con el banco de credito ytambien abenido hasiendo aportasiones por jubilasion yaportasion por seguro en la AFP HORISONTE

  3. me podrian facilitar la sentencia Nº11-2008-28JTL de fecha 31 de marzo de 2008 que se hace mención en el caso de francisco.
    Pregunta el caso de francisco es identico al mio pero tengo una jurisprudencia identica al mio y de francisco y el caso de ventilo en lo civil. y el mio tambien se esta viendo en lo civil estoy esperando la sentencia y el argumento es que el juzgado es incompetente. y si mecorresponde los pagos de beneficios sociales? (despido arbitrario…….. sabiendo que he trabajado comom SNP por 6 años 7 meses en Foncodes

  4. Señores LaboraPerú. como muchos que les escriben yo fui uno de los perjudicados como muchos tambien fui despedido, a pesar de tener varios años de servicio como SNP que ampliamente demostre ante las autoridades juridiciales las cuales me han dado la razón ya que he ganado en primera instancia y en estos momentos me encuentro trabajando en la entidad que me despidio, ppero estos señores no estan cumpliendo con el mandato judicial ya que me han vuelto hacer firmar un contrato como CAS quisiera conversar con ustedes si asi lo consideran necesario para darles mas detalles y ver que se puede hacer para la reivndicación de mis derechos; espero comunicación suya

    Atte.

    Catlos Flores

  5. SEÑOR DIRECTOR
    ROBERT DEL AGUILA VELA
    LABORAPERÚ

    DE MI MAYOR CONSIDERACIÓN:

    LA PRESENTE TIENE POR FINALIDAD SALUDARLO CORDIALMENTE Y A LA VEZ FELICITARLO POR LA EXCELENTE LABOR QUE VIENE DESARROLLANDO A TRAVÉS DE SU PAGINA WEB EN BENEFICIO DE LAS PERSONAS QUE SON DESPEDIDAS EN FORMA ARBITRARIA O DE AQUELLAS QUE TENGAN CUALQUIER PROBLEMA LABORAL.

    LE AGRADECERÍA SI FUERA POSIBLE ENVIARME COPIA DE LA DEMANDA LABORAL QUE PRESENTARION EN EL CASO DE FRANCISCO, ME PARECE MUY INTERESANTE.

    ANTICIPÁNDOLE MI AGRADECIMIENTO POR LA ATENCIÓN QUE DISPENSE A LA PRESENTE COMUNICACIÓN, APROVECHO DE LA OPORTUNIDAD PARA MANIFESTARLE LAS EXPRESIONES DE MI CONSIDERACIÓN.

    ATTE.

    ANTONIO

    1. Mi papá trabajo 18 años ne la Municipalidad de San Isidro, 17 de ellos bajo la modalidad de SNP y este ultimo año como CAS. La Gerencia le ha informado que no le va a renovarle su contrato y quisieramos saber si él puede solicitar indemnizacion o reposicion y que documentos debe reunir.

  6. Buenos dias, y de antemano agradecerles por este espacio que me parece muy bueno para poder ayudar a mucha gente que verdaderamente lo necesita, dado el caso que en laboral de acuerdo a este tema, la persona afectada aparte de quedar sin empleo para poder mantener una familia, los empleadores abusivamente no les paga sus beneficios sociales.

  7. Mi consulta es: si existe uniformidad en los jueces cuando un trabajador de servicios no personales solicita beneficios sociales a un empleador de una entidad estatal, ya que veo en la sentencia que Francisco ganó al Foncodes la Corte Superior aplicó el Decreto Legislativo 728, pero hay jueces que aplican la Ley 24041, es decir, tratan de asimilar al trabajajor como si fuera un servidor publico y sujeto al Decreto Legislativo 276, en otras palabras, liquidan los beneficios sociales de los trabajadores como si se tratasen de servidores pùblicos, lo que al final resulta nada agradable ya que el monto de dinero a percibir sería muy o demasiado reducido a comparación de lo que se le daría por el règimen privado, la pregunta es ¿De que depende esta variedad de criterios y por qué los jueces tratan de asimilar al servicio no personal como si fuesen servidores públicos para el pago de beneficios sociales?.
    Asimismo, agradecerè que se sirvan indicarme si la sentencia de Francisco se encuentra ejecutoriada o en su defecto si tienen alguna sentencia del Tribunal Constitucional que puedan enviar a mi correo que se pronuncie a favor de beneficios sociales de trabajadores contratados por servicios no personales contra entidades estatales cuyos beneficios sociales se concluyan que corresponden al D.Legislativo 728.
    Gracias por sus respuestas.

    Atte.
    Roberto Raygada V.

  8. Señores de laborperu tengan ustedes buen día, el motivo de la presente es para hacerles una consulta, por más de 16 meses trabaje como servidor no personal para una entidad del estado, pero durante los 3 últimos meses no firmé contrato alguno y hasta la fecha por consiguiente no recibí el pago de mis servicios, es por eso que acudo al ministerio de trabajo donde emiten una resolución de multa que la empresa hasta la fecha no cumplió donde se manifiesta que mi contrato fue desnaturalizado al estar laborando en esa entidad sin contrato por 3 meses. Por tanto decido demandar a la empresa ante el poder judicial donde a la fecha emiten medida cautelar, ordenando al gerente mi pronta reposición, pero la empresa quiere hacerme un contrato administrativo de servicios CAS, debo o no firmarlo, ya que si lo hago en cierta forma asumiría que mi relación con mi patronal no fue laboral sino civil.
    Desde ya agradesco su asesoría.

    Atte.

    Mark

  9. Buenos dias, mi consulta es la siguiente ingrese a laborar en enero 2008 hasta noviembre del mismo año a un amunicipalidad Provincial, quisiera saber si tengo algun beneficio que reclamar.

    Atte

  10. Previo un cordian saludo, paso a comunicarle que estoy interesada en contratar sus servicios para que me lo puedan ver un caso de reincorporacion que vengo siguiendo ante el MIMDES, brevemente les comento que ya estuve formando parte de un cuadro de reincorporacion en una plaza presupuestada que el año pasado me lo hicieron saber, luego de que pase por todas las etapas de calificacion y que sorprendentemente en Diciembre del año pasado me entero que pusieron a otra persona en la plaza donde yo ya esta ubicada.
    Me gustaria saber si pueden apoyarme y es que actualmente he recurrido al Ministerio de Trabajo, pero veo que no hay una exigencia como para lograr resultados urgentes.
    estare a la espera de vuestra respuesta.
    gracias
    ana maria

  11. buenas queria pregunatrles soy gerente de una asociacion CLAS (MINSA), una trabajadora hizo abanadono de trabajo por 5 dias y no justifico su inasistencia hasta que se le envio la carta de preaviso a los 11 dias despues de que se le ha emitido dicho certificado por essalud, la cual le otorga descando por 5 dias. Es procedente el despido por abandono de trabajo, pese a que haya justificado tardiamente su ausencia al trabajo.
    gracias

  12. ANTE TODO AGRADEZCO SU AYUDA .
    HASTA EL MES DE MAYO DEL AÑO 2009 LABORE COMO SNP EN UNA ENTIDAD PUBLICA POR DOS AÑOS, LUEGO ME CONTRATARON COMO CAS, QUIERO SABER SI ANTE UN POSIBLE DESPIDO YO PUEDO INTERPONER UNA DEMANDA DADO EL TIEMPO DE SERVICIO QUE LABORO…

  13. vengo trabajando 9 años en la DIREPRO-CAJAMARCA,8 años por contrato SNP,1/2 año con contrato de CAS incluiendome en planilla y 1/2 año por terceros,he emitido recibos por honorarios hasta la fecha;deseo renunciar a mi trabajo.No he tenido vacaciones,gratificaciones ni deposito de cts.¿me corresponden beneficios sociales o no? ¿que debo hacer si me corresponden dichos beneficios?.Gracias.

  14. Buenos Tardes:
    mi consulta es la siguiente:
    soy profesional con discapacidad motora, entablado una demanda judicial a una universidad publica para que ingrese a planilla via procedimiento contencioso administrativo. vengo laborando desde 01/04/2003 hasta 31/12/2007 como SNP y de alli hasta la fecha como CAS. en primera instancia el Juez ha fallado a mi favor, han apelado. ahora se encuentra en fiscalia. las preguntas son: : ¿si la sala confirma la sentencia allí terminaria el proceso?, si la sala revoca la sentencia, puedo apelar a la corte suprema de lima o presentar una accion de amparo al tribunal constitucional?, si ingreso a planilla mediante una acción de cumplimiento, puedo solicitar mis beneficios sociales. trabajo en la oficina de Contabilidad, categoria profesional, de una universidad publica. porque me han comentado que si se puede solicitar beneficios como nivelamiento de remuneraciones porque como SNP categoria profesional gano 650.00 soles y los de la ley 276 categoria profesional ganan 1,350.00 nuevos soles.
    esperando su respuesta
    me despido
    gentilmente
    SIMON

  15. Señores garcias por crear este portal que nos benefiia a todos aquellos que no sbemos cuales son nuestros derechos laborales y otros.

    Atte.

    eymer C.R.

  16. Mi consulta es: Soy miembro de la Policia Nacional del Peru, estuve trabajando en un restaurant hasta el dia de ayer despues de cinco años, he emitido como cuatro años recibos por honorarios, tengo derecho a los beneficios de ley.-GRACIAS.

  17. Sr. Robert Del Aguila V. le agradezco por su repuesta, la consulta era porque algunos jueces justamente cuando se trata de trabajadores SNP lo que primero hacen es enviarlos al procedimiento contencioso administrativo indicando que dichos trabajadores son servidores publicos a los que se les puede aplicar el D.L. 276, lo que no me parece ya que en los contratos SNP no se expresa tal situación. Mas bien aprecio que en la sentencia SI se aplicó el D.L. 728 por Primacia de la Realidad, esto debería aplicarse siempre a toda trabajador SNP que trabaja para el sector publico, asi se evitaría dilatar el proceso de manera inncesaria. Ahí la pregunta sería ¿Por qué los jueces envían o intentan enviar a los trabajadores SNP que trabajan en el sector publico, especialmente de los ministerios, primero al procedimiento contencioso? o ¿esto depende del régimen laboral de cada entidad estatal?. No debería ocurrir esto, ya que como usted señala por mandato de la ley le corresponde el régimen privado.

    Atte.

    Roberto Raygada V.

  18. tengo 11 años de trabajo en el sector salud disa tumbes nunca he recibido nungun beneficio ahora me encuentro en contrato cas y apto para nombramineto tengo que esperar o me corresponde beneficios

  19. Gracias anticipadas por su atención, Trabajo en Piura, mi condicion trabajador contratado hace 8 años, antes SNP, ahora mi situación laboral es CAS, agotada la via administrativa, iniciamos una demanda judicial para ser incorporados en planilla con todos los beneficios laborales, ahora mi sentencia judicial nos dice que está fundada la de pasar a planilla pero sin goce de beneficios como canasta de alimentos, racionamiento y productividad y alegan que esto es de acuerdo al DS Nº 050-2005-PCM que señala que los incentivos y/o asistencias económicas otorgadas por el Fondo de Asistencia y Estímulo – CAFAE regulados en el artículo 141 del DS Nº 005-90 PCM y el DU Nº 088-2001 son percibidos por todo servidor público incorporado a la carrera administrativa (caso de los nombrados mas no para contratados), situación que no se cumple con un servidor SNP y ahora CAS conforme se desprende de lo dispuesto en los artículos 2º, 12 y 15º del DL Nº 276, mi pregunta es: acaso la institución demandada por ley no estaba obligada automáticamente a disponer mi pase a planilla cuando el trabajador labora mas de tres años consecutivos? digame su comentario al respecto por favor, es cierto lo que se alega en la sentencia? es o no es cierto? y entonces por que a otros trabajadores del Gobierno Regional Piura si los han considerado en planilla con todos los beneficio de ley, espero su respuesta si fuera posible a mi correo, gracias

  20. Dr. Robert Del Aguila
    Le agradezco por anticipado por la respuesta a la siguiente consulta: Por qué a un trabajador SNP (locacion de servicios) que ha laborado evaluando expedientes por mas de 7 años consecutivos en una entidad pública (Ministerio de Transportes), es decir, girando recibos por honorarios, los jueces consideran que le corresponde el Proceso Contencioso Administrativo y no el Proceso Laboral al momento de demandar los beneficios sociales y que primero deben pasar por un proceso administrativo para luego ir al proceso judicial. De acuerdo al proceso ganado por ustedes le correspondería la liquidación según el D.L. 728 y me parece lo correcto. Agradeceré se sirva absolver mi consulta y felicidades por su página web que mucho bien hace a la sociedad.

    Richard F. Ramón R.

  21. Señores: Trabajé 02 años como SNP en una entidad pública y ahora llevó 01 año como personal CAS. Me han informado que no renovarán mi contrato. Sé que debo demandaré beneficios sociales por el periodo como SNP, pero ¿Podría demandar beneficios sociales como CAS?, Si la respuesta es positiva, agradeceré me informen porqué

    Gracias

    Willy

  22. Buenas Tardes:

    Mi consulta está dirigida a los impedimentos que de alguna u otra manera han sido creados por la nueva ley que regula la Contratacion Administrativa de Servicios – CAS, aplicable para las entidades públicas. En mi caso, desde abril del 2007 yo estuve trabajando para una Municipalidad bajo el régimen de SNP e inclusive laborando casi doce horas diarias. Luego cuando en julio del 2008 entra en vigencia la norma del CAS, me hacen suscribir estos contratos en forma mensual (pese a ello, de igual manera seguía laborando más de diez horas diarias). Ahora recién en setiembre del presente año, deciden no renovarme el contrato y cesarme definitivamente (ahora recién me han concedido los quince dias de vacaciones que establece la nueva norma). Mi pregunta es objetiva, ¿¿¿que va a pasar con el tiempo de servicios prestados como SNP??? que fue más de un año, sin ningún beneficio laboral o es que ya había logrado estabilidad o seguridad laboral conforme lo señala el Decreto Legislativo 276…..Acaso no puedo demandar el pago de mis beneficios sociales, horas extras, vacaciones, gratificaciones, etc????. Les agradesco la respuesta. Saludos

  23. No me quedA claro lo de los trabajdores SNP, es decir hay dentro de esta modalidad 2 formas de contratar unos con Regimen laboral privado y otro con regimen laboral de la carrera administrativa?, si es asi como se diferencian una de otra; por otro lado en lo contratos CAS el tratamiento de los beneficios sociales como es
    MUy agradecido

    Victor Calle

  24. BUENAS TARDES SEÑORES QUISIERA CONSULTARLES ALGO BUENO INICIO BUENO MI SEÑOR PADRE TRABAJA EN UN PROYECTO O UNIDAD EJECUTORA DEL MINISTERIO NDE TRASNPORTES EN PRIMER LUGAR Y Y YO TOY LABORANDO EN OTRA EJECUTORA DISTINTA A LA DE DONDE LABORA MI PADRE PERO QUE TMB ES UNA EJECUTORA DEL MISMO MINISTERIO MI PREGUNTA O PREOCUPACION ES QUE TABA QUE LEIA LA LEY DE NEPOTISMOS Y QUIERO SABER SI ESO SE EJECUTA CONMIGO BUENO PORQUE EN SI LAS DOS EJECUTORAS ESTAN ADSCRITAS AL MISMO MINISTERIO. CLARO RECALCANDOQ UE CADA UNO TIENE SU PROPIO CAP SUS PROPIAS GERENCIAS Y TODO ESO QUIERO SABER ANTE MANO MUCHAS GRACIAS

  25. Buenas tardes señores, permitame presentarme mi nombre es Alberto Piña Rengifo soy un ex trabajador de limpieza del Municipio De la Ciudad de Moyobamba habiendo laborado desde 1974 hasta el 31de agosto del 1996 siendo sacado de mi trabajo, pero la situacion es que cuando logre gestionar mi pension me contabilizaron desde el año 1992 y me integraron a la AFP INTEGRA , en la misma situación estuvieron mis otros compañeros que salieron juntos conmigo con la diferencia que ellos recibieron el desembolso de dienero de los devengados pero a mi no me llego es posible que yo pueda recibir ese dinero? si se pudiese enviame la respuesta siguiendo los pasos a seguir para realizar tal gestion, con el agradecimiento de recibir su rpuesta a mi inquietud me despido de ustedes.

  26. Agradecere informacion sobre lo siguiente: 1.- una persona trabajo 22 dias, y se accidenta, se le paga remuneracion acordada, pero se niega a firma recibos por dinero entregado, durante 3 meses siguintes al accidente,se le consiga via judicial,2.- ESSALUD le otoraga CITT por 8 meses consecutivos, han transcurrido 5 meses desde el ultimo CITT y no se reincorpora a laborar, pese a ser requerido notarialmente, 3.- ahora demanda A) pago de beneficios sociales, B) indemnizacion por despidoa arbitrario, y C) indemnizacion por accidente-este accidente se produjo por negligencia de él mismo. la Pregunta es PROCEDE SU DEMANDA?. GRACIAS POR SU ATENCION.

  27. Trabaje por mas de 5 años en la MML (Entidad Publica), bajo dos modalidades siendo los 3 1/2 primeros años bajo SNP sin ningun beneficio social alguno, posteriormente me contrataron en planilla como servicios personales y trabaje de manera continua por mas de 1 año y 8 meses hasta que por cambio de alcalde me cesaron. Paralelamente segui un proceso mediante la DEFENSORIA DEL PUEBLO, el cual mediante informe final determinaron que habido vulneracion de los derechos laborales y que a sido afectado su derecho al debido proceso dandole recomendaciones del caso, sin embargo la MML hizo caso omiso a las indicvaciones dadas por dicha entidad.

    Actualmente e reativado mi expediente y estoy siguiendo un proceso contencioso administrativo solicitando quede nulo el memorandum de despido y por ende la reincorporación y se encuentra en la etapa de emitir informe por la fiscalia, una de mis consultas es ¿me corresponde que me paguen los sueldos dejados de percibir desde el momento que fui cesada , tambien me corresponde el pago de vacaciones, gratificaciones, CTS, ETC.?.

    Otra consulta, ¿Los 03 primeros años que fui contratada bajo la modalidad de SNP, me corresponde el pago de mis beneficios sociales y otros? ¿Que proceso debo seguir y cuanto me cobraria por llevar mi caso?.

    Gracias de antemano por la atencion prestada.

    Loren.

  28. yo trabajo en una municiplaidad reingrese a la municipalidad por medida cautelar actualmente vengo entregando recibo por honorarios todos los meses y me pusieron en planillas el CAS 1057 salio una resolucion en la que el juez de mi sala ordena que se me repongan en el en planillas como trabajadora permanente en el mismo lugar en q me despidieron y con el mismo nivel y la misma remuneracion e pero a la fecha la municipalidad hace caso omiso y no cumple con ponerme en planillas como trabajadora permanente el nivel que me corresponde es el de tecnico IV y me repònen como oficiinista con el sueldo de ese entonces que es RMV , la municipalidad dice que ha cumplido con reponerme pero no lo ha hecho que debo de hacer me gustaria que me den alcances al respecto y si debo seguir entregando recibos por honorarios o los demando
    gracias por su ayuda

  29. 1.-En estos procesos de beneficios laborales se piden costos y costas.
    2.-Como se calculan los interes solicitados en un proceso de beneficios sociales.

  30. Estimado Robert del Aguila.
    Fui trabajador por 6 años 7 meses como SNP y mi sueldo fue de S/. 4,000 cuanto recibiria por: Despido arbitrario.
    CTS.
    Vacaciones.
    Gratificaciones de JULIO y Diciembre.

    Y cuanto me costaria tus servicios.

    Regimen laboral 728

    Saludos
    Juan Carlos

  31. Erwin:
    Ante todo saludos, yo fui despedido hace ya unos años atras y luego de un juicio fui repuesto a mi trabajo (MINSA) por SNP me tuvieron que reconocer los meses que no trabaje y todo eso ahora me encuentro en el CAS. Mi pregunta es si yo atravez de un juicio puedo solicitar ingresar a ser nombrado o pasar a planilla permanente con todo los beneficios que un nombrado tiene

    gracias

  32. Estimado Robert,

    somos un grupo de empleados, algunos con menos de un año en la empresa y otros mas de un año, mas no hemos firmado ningun tipo de contrato ni nada con la promesa de una mejora apenas las cosas comiensen a andar. Hoy en dia la empresa ha crecido y ya nos van a poner en planilla mas no piensan reconocer el tiempo previo a la planilla. Si no tengo un contrato hay alguna forma de defender nuestros derechos durante este periodo de tiempo?

    Gracias

  33. hola me llamo michael y espero q me ayuden con su asesoria,mi caso es q yo trabaje 1 año sin planilla ni beneficios sociales en una empresa de seguridad privada en la cual solo me pagaban con boleta,yo entable una demanda a esta empresa a traves del ministerio del trabajo el cual realizo una inspectoria y me hiso una liquidacion q me salia la cantidad de 3850 soles,ahora espero el dia de la conciliacion y mi duda es que pasa si la empresa se rehusa a pagarme esa cantidad o me prpone una cantidad menor,deberia aceptar? o seguir el proceso a juicio.la verdad quiero saber si puedo yo ganar el juicio y cobrar mis beneficios q me corresponden y cuanto duraria este proceso judicial,muchas gracias por su ayuda y asesoria,espero su pronta respuesta.

  34. HOLA KISIERA SABER QUE PASA SI LA ENTIDAD DEFRENTE TE CONTRATA SIN EFECTUAR EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACION CON LAS ETAPAS DE CONVOCATORIA , SELECCION Y OTROS…A K SE REFIERE EL DL 1057 CAS– ES NULO ???
    ME BENEFICIA O ME PERJUDICA ??
    LA ENTIDAD DONDE LABORO ES REG. 728 LLEVO 2 AÑOS

    ADEMAS REALIZO ALGUNAS FUNCIONES K ESTAN EL EL CAP…LAS CUALES INFORMO PARA K ME PAGUEN…
    K PROBABILIDAD EXISTE DE GANAR UN PROCESO JUDICIAL

  35. Dr. Del Aguila, agradeciendo anticipadamente su respuesta, quisiera saber si los trabajadores contratados por servicios no personales del Ministerio de Justicia están sujetos al régimen laboral pública, es decir, si el Ministerio de Justicia es una entidades pública sujeto al régimen laboral de la carrera administrativa?.

  36. Doctor, mi consulta es si puedo solicitar todos mis beneficios desde el año 1998, estuve contratado en una entidad del estado (Con la 728)bajo diferentes modalidades y con diferentes sueldos menores a los que ganaba uno de planilla es mas cuando estaba en planilla ganama menos que lo que estipulaba la escala salarial institucional

    De enero 1998 a Octubre 1999 como SNP.
    de Noviembre 1999 a enero 2001 en plazo fijo.
    de Febrero 2001 al 12 de junio del 2003 como SNP.
    Del 13 de junio a la fecha en plazo fijo.

    La consulta es se puede recuperar todo desde el año 1998, e laborado ininterrumpidamente o hay un plazo para pedir esos beneficios;

    Atte
    Luis Andia

  37. he trabajado para eel Minsiterio de Salud, como CAS (contrato administrativo de servicios) en el área de mercadeo por siete meses, teniendo contrato hasta agosto, sin embrago me han despedido sin causa el uno de junio del presente año, me corresponde derechos, puedeo demandar

  38. quisiera hacerle una pregunta acerca de los contratados por cas, trabajo en una institucion publica minsa en la modalidad de cas antes snp hace desde 01/10/2001 hasta el 31/05/2010 9 años, pedi una licencia temporal, por que me encuentro en una lista de espera para nombramiento, porque sali sorteada entre 25 ciudadanos, como tercer miembro para el jurado electoral especial de chanchamayo, que es irrenunciable segun el articulo 34 de la ley 26486, quiero saber si me puede dar mi empleador la lincencia temporal ya que es otra institucion de l estado el jurado nacional de elecciones, le agradecere me responda a mi pregunta muchas gracias

  39. Señores Labora Peru .. he estado revisando vuestras opiniones los que podrian ser talvez resueltos a futuro .. felicitaciones por ayudar a personas que no tienen acceso a asorias..

    Yo quisiera consultarle lo siguiente:
    Resulta que mi tio trabaja en una institucion privada, quien ocupo un cargo, por la cual aparte de su remuneracion que percibia digamos S/. 2500 se le venido pagado una bonificacion por responsabilidad de 15% de la remuneracion basica digamos de S/. 1500 a partir de 1997 vale decir esta bonificacion nace con una resolucion e incluso el es el primer caso, luego el año 2007 le otorgan s/. 200 por asignacion por productividad hasta la fecha, es el caso señors que el año 2008 traen otro jefe contratado con una remuneracion de s/. 1500. , pero es el caso a la mi tio sigue laborando en esta area asimismo percibiendo la bonificaciones antes indicadas, ni el mismo trabajador se dio cuenta de que le seguian abonandole las bonificacion, debo de aclarar que para quitarle estas bonificaciones nunca hubo una resolucion ni mucho menos al gun documento para quitarle estas asignaciones. agradesco si pudieran ayudarme, puede el trabajdor seguir percibiendo estas asignaciones, hay alguna norma donde se puede amparar a pesar de que ya no es jefe. les agradesco gracias.

  40. Mi consulta es la siguiente: Actualmente vengo laborando en una entidad publica, empece a trabajar el 05/02/2007 en ese entonces firme un contratato de servicios no personales hasta noviembre del 2008, despues nos hicieron firmar un contrato por sustitucion del SNP al CAS, tengo hasta la fecha trabajando de 3 años y 5 meses, mi precucupacion es que despediran al personal CAS en este fin de mes (julio), dentro de ellos estoy, el argumento del despido es que hasta este mes de Julio hay marco presupuestal, que acciones debo tomar si me despiden y si tengo opciones favorables para mi reposicion.
    Gracias por sus respuestas.

  41. Buenas
    Tengo los mismos supuestos pero ante el CAFAE-MEM, puesto que ellos me contrataron bajo la modalidad de locación de servicios para trabajar como director en un colegio que pertenece al CAFAE-MEM, pero luego fui despedido despuès de 2 años por vencimiento de plazo de mi contrato.
    Puedo solicitar el pago de mis beneficios? pedir la reposición¿ Estoy considerado como servidor público, y por ende en la Ley de Carrera administrativa sin haber entrado por concurso??

    Gracias de antemano.
    Saludos.

  42. Mi consulta es la siguiente,mi problema es el siguiente, es que yo bengo de un gobierno que agobernado dos veses osea tengo 08 ocho años,trabajando para el sector publico,pero a pesar que tengo los ocho años como trabajador publico,yo etenido problemas en el trabajo cuando cumpli 04 cuatro años la institucion me dio una carta de despido,en la cual daban por culminado mi contrato,yo la recibi la carta normal,pero unos amigos me recomendaron que yo aga una carta simple donde esplicaba ,mis 04 cuatro años corridos sin cortes de vinculo laborando para dicha institucion,y alfinal tubo efecto la carta me repusieron pero de boca ,por que el señor asesor legal me llamo a mi celular ,que continuara trabajando, solo tube respuesta de boca y asi pasando los dias un amijo del trabajo me paso una copia calladito en la cual el asesor legal reconocia que yo tenia la RAZON pues en la calle solo estube dia y medio, bueno pues y a hora que contunuo trabajando en la cual ya me voy para los ocho años a ,pero primero era SNP y a hora que soy CAS……………………………..MI PREGUNTA ES EL NUEVO GOBIERNO QUE DENTRA A PARTIR DEL PRIMERO DE ENERO DEL 2010 ME SACARA DE NUEVO DEL TRABAJO

  43. Estimado Drs.
    Trabaje durante 7 años y 6 meses (01/03/2002 ingreso y Cese 31/08/2009), en la Beneficencia de Lima Metropolitana me Despidieron Injustificadamente, mi última remuneración percibida fue de S/. 700.00. Durante todo este tiempo no percibi ningún beneficio social como compensación por tiempo de servicios,ni vacaciones, ni gratificaciones, ni horas extras.
    Mi situación Laboral era Servicios No Personales que posteriormente fue cambiado a Servicios Administrativos de Servicios, los contratos eren renovados en forma mensual, trimestral o eren regularizados con addendas.
    Mi consulta seria aproximadamente de que monto seria si se hace una Demanda de Pago de Beneficios Sociales, y cuanto se demora el proceso.
    Gracias, por la atención que se le preste a la presente.

  44. SEÑOR ROBERT DEL AGUILA:

    BUENAS NOCHES DISCULPE LA MOLESTIA PERO ES QUE NO DUDE DESPEUS DE VER SU PUBLICIDAD EN EL INTERNET ESN CONSULTARLE SI NO ES MOLESTIA PERMITAME MANIFESTARLE :

    MIS ANTECEDENTES LABORALES :

    1.- INGRESE A PRONAA ( regimen privado 728) DESDE EL 01/02/2004 EN FORMA CONTINUA BAJO SERVICIOS NO PERSONALES HASTA EL 30/06/2008 , y desde el 01/07/2008 FIRME EL CONTRATO ADMNISNITARTIVO C.A.S renovados por 8 meses hasta el 31/03/2009 luego no me renovaron solo por termino de contrato. Y ME QUEDE SIN EMPLEO (en total trabaje 5 años y dos meses en forma continua.)

    2.- Entable demanda por via civil para reposicion , reconocimiento de costos, en esta demanda hice saber al juez que PRONAA HABIA INCUMPLIDO en colocarme en planilla pues el ministerio de trabajo aplico una multa por falta grave de acuerdo a la ey 28806 esto fue mayo del 2007 y tuve los resultados siguientes de mi demanda.
    2.0.- Fui reincoorporado alos 3 meses con CAUTELAR
    2.1 .- En primera instancia el juez ordeno : PASE A PLANILLA Y MI REPOSICION, PERO EL pronaa apela y
    2.2 .- SUBIO MI PROCESO A SALA CONSTITUCIONAL donde ordenan mi reposicion defitiva pero no indican bajo que modalidad ,pero anulan mi pase a planilla que habia ganado en primera instancia.

    AHORA SEÑOR : YO DESEO ESTAR EN PLANILLA Y ME RECONOZCAN TODOS MI BENEFICIOS , pero muchos me mdicen como firme el C.A.S ES EL IMPEDIEMNTO PARA QUE ME MPONGA N EN PLANILLA .

    MI PREGUNTA ES TENDRE EL DERECHO DE ESTAR INCLUIDO EN LA PLANILLA DE PRONAA, Y QUE ME PAGEUN MIS BENEFICIOS COMO VACACIONES CTS ENTRE OTROS , POR QUE TENGO MIEDO UE NUEVAMENTE DESEE EL PRONAA HACERME FRIMAR EL CAS

    POR FAVOR APOYEME COnu valioso ASESORIA QUIERO ESTAR EN CONTACTO CON USTED SI NO ES MOLESTIA TIENE UN RPM A DONDE LLAMARLE

    LE AGRADECERE

    MANUEL CORONEL

    CEL 978093761

  45. muy buenas noches srs .yo quiero saber .sobre mi trabajos q realizo en un club privado(yates .lanchas)embarque y desenbarque socios y marineros es donde yo laboraba las 12HORAS de 19:00 a 07:00 am lo q pasa q me despidieron y me dan un liquidacion de 2,000soles e trabajado 19 años y mi CTS lo agarro el antiguo gerente haciendonos firmar q lo repomdria .por fabor si me podrian ayudar tener una buena indiminisacion o q podria hacer son 19 años q trabaje toda mi juventud le estaria agradecido su respuesta por fabor mi escriben en este correo gracias atte pedro hidalgo

  46. Todos estos señores (a) que trabajan para el TRIBUNAL CONSTITUCIONAL son unas personas INUMANAS por que con sacar eso del tribunal de que los trabajadores SNP y que a hora somos CAS que he mos perdido nuestro derecho a reclamo para una reposicion via JUDICIAL eso no tiene perdon de DIOS,Señores del tribunal por favor respeten nuestros derecho somos humanos tenemos CARGA FAMILIAR,Hijos pequeños por ver y ustedes saven vien que en la calle no ay trabajo es vien duro consegir trabajo……………………..pero yo les dijo señores del tribunal hogala las lagrimas de nuestros HIJOS CAIGA SOBRE SUS ESPINASOS,para que sepan lo que es lavida y que asi se sufre a y recuerden ustedes tambien tienen Hijos que hogala con sus hijos no las PAGEN CHAU , PERROS MISERABLES

  47. Quien les escribe es un medico que el año 2007 (Setiembre) ingreso a laborar bajo el régimen de la ley 728 por concurso de meritos al CLAS Chao (Viru – La Libertad), las labores por las que se me contrata son atención medico asistencial, firme un contrato por 3 meses desde Setiembre a Diciembre del 2007 y posteriormente firme otro contrato que comprendía desde el 02 de Enero del 2008 al 30 de junio del 2008, sin embargo durante todo el mes de Julio del año 2008 labore sin contrato alguno, ante la inseguridad de no contar con contrato acudí al Ministerio de Trabajo para que la autoridad pertinente constate que me encontraba laborando sin contrato, se me nombro un inspector quien verifico que me encontraba laborando sin haber firmado contrato, que mantenía mi tarjeta de asistencia del mes de Julio.
    Cuando acudo a laborar el 1 de Agosto del 2008 me doy con la sorpresa que mi tarjeta de asistencia no figuraba, me cierran el ingreso al establecimiento de salud, razón por la cual acudo al Juez de paz para que constate que me había presentado a laborar.
    Ante toda esta situación me vi obligado a hacer valer mis derechos por lo que recurrí a un abogado, presentando el mismo mes de Agosto del 2008 ante el juzgado Mixto de Viru un documento pidiendo la reposición a mi centro de labores por desnaturalización de contrato y despido arbitrario, el cual fue aceptado por el Juzgado Mixto de Viru. Recién en Enero del 2010 se da la AUDIENCIA UNICA, quedando solo para el dictado de sentencia por parte del Juez Mixto de Viru.
    El caso es que estamos Diciembre del año 2010 a casi 2 años y medio de haber presentado el 1er escrito y habiéndose dado la AUDIENCIA UNICA y presentado todos los documentos solicitados por el juez y a la fecha NO SE EMITE SENTECIA, desde el mes de Marzo del 2010 acudo al juzgado de Viru y la respuesta es la misma “el expediente se encuentra en la oficina del juez”
    Nosotros pedimos: a) reposición a mi centro de labores, b) pago de sueldos dejados de percibir, c) pago de cts y d) reconocimiento de tiempo de servicio como laborado.
    mi pregunta va referida al punto d) es viable que se me reconozca ese pedido.

    de antemano muchas gracias por su respuesta

  48. Reciba mi cordial saludo.
    para ,manifestar mi preocupación como la de los miles de peruanos que laboramos bajo el régimen de aplicación del decreto legislativo 1057, conocido como Contrato Administrativo de Servicios – “CAS”.
    la inquietud deriva de las ultimas sentencias del Tribunal Constitucional, donde algunas analistas coinciden que con estas sentencias- Exp.00002-2010-PJ/TC. Exp. 3818-2010-, al trabajador bajo la modalidad de “CAS”, NO LES ASISTE EL DERECHO A LA REPOSICION en caso de despido de un centro laboral.
    la suscrita labora desde setiemb del 2004 en el gob regional de Piura bajo la modalidad de Servicios No Personales “SNP”, hasta Julio del 2008, fecha en que fuimos obligados a suscribir contratos de Administración de Servicios “CAS” por sustitución para poder seguir laborando en la institución arriba mencionada hasta la actualidad.
    tenemos derecho a reposición en caso de despido de las nuevas autoridades? ¿puedo hacer la vía administrativa trabajando actualmente?
    le agradecere por su respuesta.

  49. HOLA: MI CONSULTA QUE MI PERSONA HA LABORADO EN UNA ENTIDAD MUNICIPAL CON EL DESDE EL AÑO 2008 HASTA LA FECHA CONTRATO DE CAS Y QUIERO SABER SI ME PUEDO NOMBRARME EN EL LA ENTIDAD MUNICIPAL QUE TRABAJO. POR FABOR LE AGRADECERE MUCHO.

  50. SEÑOR ROBERT QUISIERA HCER UNA CONSULTA SOY UNA TRABAJADORA DELA MUNICIPAL,SABES AMI ME SACARON EN LA GESTION ANTERIOR SIN DEJARAME TERMINAR MI CONTRATO POR CAS,YO ENTRE AUN JUICIO Y ME REPUSIERON PERO ESTADO ESCUCHANDO COMENTERAIO Q NOS VAN ASACAR ,Y QUISIERA SABER SI TENGO DERECHO A ALGUN BENEFICIO POR LOS AÑOS QUE E TRAJADO (3AÑOS)POR FAVOR PORQ AHORITA NO TENGO LOS RECURSOS SUFICIENTE ESPERO ME PUEDA ORIRNTAR,LE ESTOY MUY AGRADECIDA ROSARIO

  51. Mi consulta es la siguiente,trabajo para el sector publico,para el gobierno regional de tumbes,cual llevo trabajando 08 ocho años desde marzo 2003 como SNP y el el 2008 pues que nos pasaron a todos a CAS,pero durante esos 06 seis años como SNP,Nunca me cortaron Vinculo laboral,que medida debo tomar para,aunque sea recuperar algo de mi tiempo de servicio,cuando era SNP,Ya que a hora que somos CAS,no hay amparo a nada,pero ni siquiera a una reposicion a mi puesto de trabajo,actual sigo trabajando digame que medida debo TOMAR MUCHISIMAS GRACIAS

  52. Gracias por sus comentarios acertados, somos un grupo de trabajadores desde el 2003 veniamos laborando como snp, hasta julio m2008 y de ahi hasta noviembre 2010 como cas, el alcalde saliente nos deja como contratados permanentes con resolucion; incluyendonos en planilla, el nuevo alcalde despues de un mes desconoce y con otra resolucion pretende que volvamos a ser CAS, pero como no aceptamos nos despide, que paso debemos seguir.gracias

  53. hOLA ME GUSTARIA SABER YO INGRESE A LABORAR A UNA ENTIADD PUBLICA EL 17.07.2000 HASTA EL 09 DE FREBRERO DE 2011, PRIMERO INGRESE COMO SNP DESDE 17.07.2000 HASTA 29.06.2008, EL RESTO DE TIEMPO HA SIDO COMO CAS, ME HAN DESPEDIDO SI MEDIAR CAUSA ALGUNA, QUISIERA SABER QUE BENEFICIOS PUEDO TENER, CUANTO SERIA EL MONTO POR INDEMNIZACION, POR DESPIDO ARBITRARIO Y POR SUS HONORARIO… CABE DECIR QUE MI ULTIMO SUELDO FUE DE 2505.00 NUEVOS SOLES.
    AGRADECERE ME RESPONDAN… GRACIAS

  54. hola mi pregunta es que llevo trabajando dos años en un municipio y supuestamente por cas pero no me hacen firmar ningun contrato solo firme una sola vez el primer mes ¿pertenesco al cas y tengo beneficios ?

  55. Soy trabajador snp del Banco de la Nacion, vengo laborando bajo esta modalidad un poco mas de 3 años, la institucion esta en el regimen laboral 728, mi contrato vencio el 12 de este mes y aun no me renuevan aunque creo que si lo van a hacer, mi tema va mas por la lucha de mis derechos laborales, ya estoy cansando que a pesar del tiempo que tenemos y de las plazas vacantes la institucion prefiera hacer convocatorias externas en vez de tomar en consideracion a los trabajadores que ya venimos laborando, gracias por su asesoria, estare a la espera de contactarme con ustedes.

  56. Mas que comentario, quisiera hacerles un cosulta: Yo a la fecha vengo trabajando en una entidad del estado. Empeze en marzo del 1999 como SNP hasta junio del 2008, luego pase a CAS. Mi consulta es si existe algun limite de tiempo para hacer este tipo de demanda. Si puedo hacerlo sin necesidad que me despidan. Y si solo la demanda incluye derechos de mi etapa como SNP. Gracias

  57. Una consulta mi esposo empeso a trabajar el 22 de agosto del 2006 pero entra a planila recien el 5/02/2007 firmaba contrato cada 5 meses luego fue cada tres meses y hasta hace meses atras x cada mes..hasta k el 31/03/2011alas 9:30pm le comunican k ya no se le va a renovar contrato y de k a las 12 de la noche se acababa cualquier vinculo laboral con la empresa,le entregan un documento donde le informan del cese del contrato y de k va a recibir sus beneficios sociales.Hasta la fecha no recibe ni su CTS y dicen k de liquidacion solo le corresponde 1000 soles ..¿Que tiene k hacer en este caso mi esposo ,y esta bien la liquidacion k le estan dando y en cuanto tiempo se puede demorar la empresa en otorgarle sus beneficios laborales? Muchas Gracias…;)

  58. estimados sres. solicito orientacion para presntar una solicitud para trabajo, trabaje para un hospital del minsa del 2000 al 2009 por modalidad de CAS pero por motivos familiares tuve que renunciar al CAS cumpliendo con el plazo del contrato administrativo, hoy me encuentro solicitando incorporacion a esa institucion, toda vez que me encuentro en la lista para nombramiento ya que nos ampara la ley 276 y lo vera mi caso asesoria legal,porfavor gracias

  59. Buen dia. Sr.
    Felicitarlo , por la gran ayuda que brinda a las personas colocando a disposicion informacion tan importante acerca de la legislacion laboral.
    Asimismo tengo una consulta que realizar; trabajo para un municipio de Centro Poblado en el cual no existen los recursos economicos para contratar al personal de forma indeterminada, y ademas no tiene la capacidad economica de cumplir con los beneficios sociales; pero al ser institucion publica que debe regirse segun la Ley de carrera publica administrativa; la cual enmarca el cumplimiento de de los beneficios que establece la Ley. Me pregunto :

    1.-¿Que tipo de contratos son los adecuados para una Municipalidad de Centro Poblado?

    2.-¿Si no tiene la capacidad economica de cumplir los beneficos sociales esta obligada?

    3.-¿Solo aquellos trabajadores “nombrados” por la autoridad edil tienen derechos a sus beneficios sociales?

    4.-¿Que beneficios le corresponden a un trabajodor dentro de la carrera Publica Administrativa?

    Espero su respuesta , agradeciendo de antemano su atención.
    ATT. Betty Carbajal

  60. en una municipalidad distrital he sido contratado mediante locacion de servicios desde el 04 de enero hasta 31 de diciembre del año 2010 contratdos en forma trimestral sin interupcion, para cubri plaza organica de asesoria legal en forma permanente, resulta que por fallecimiento de mi padre solicte indemnizacion y gastos de sepelio en aplicacion del D. Legl. 276 y su reglamento, y este fue accedido mediante el acuerdo de concejo Municipal y ejecutado por resolucion de alcaldia, si tal beneficios me correspondia o no, y por cambio de gestion del gobierno local en este año resulta que soy denunciado en la fiscalia por que tales beneficios no me correspondia por estar contratado por la modalidad de locacion de servicios y en una de las clausulas habia indicado que no cobraria ningunos de los beneficios y bonificaciones labores de ley, espero su respeusta y quedo agradecido.

  61. Saludos Sres de Labora Perú, mi inquietud va en el sentido de saber si existen fallos judiciales que otorguen indemnizaciones por despido arbitrario y cuyos montos sean superiores al previsto en el artículo 38 del TUO d. Leg 728, según lo que he revisado y consultado me cuentan que por concepto de indemnizacion por daño moral (acoso en el trabajo etc) sí dan montos superiores …esto ultimo es lo que me interesaria saber y donde puedo hallar jurisprudencia al respecto.
    Gracias

  62. BUENAS NOCHES, LOS FELICITO POR TAN EXCELENTE PAGINA QUE HAN CREADO. DISCULPEN QUE LOS MOLESTE PERO QUISIERA SABER A DONDE PUEDO ACUDIR PARA QUE ME HAGAN UNA LIQUIDACION POR TIEMPO DE SERVICIOS, YA QUE TRABAJE EN UNA EMPRESA CASI DOS AÑOS Y NUNCA ME PUSIERON EN PLANILLA PESE A MIS CONSTANTES RECLAMOS, ME DESPIDIERON EN FORMA INTEMPESTIVA SIN NINGUNA CAUSA JUSTIFICADA. POR ESO QUISIERA QUE ME AYUDEN EN ESTE PROBLEMA QUE TENGO. DEBO IR AL MINISTERIO DE TRABAJO???
    DE ANTEMANO MUCHAS GRACIAS POR SU RESPUESTA.

    ATENTAMENTE,

    JESSICA PAOLA FLORES MUÑOZ
    D.N.I. 10625631

  63. CORDIAL SALUDO NECESITO QUE MEAPOYE TRABAJO EN UNA ENTIDAD PUBLICA Y NECESITO SABER DEMIS BENEFICIOS LABORALES,,,NECESITO TODA LA INFORMACION PORFAVOR,,,,,SOBRE BONIFICACIONES Y TODO LO CONCERNIENTE

    GRACIAS,,,, SALUDOS

  64. SOLICITO REVISION Y ADEMAS MENCIONE QUE LEY, DECRETO U OTRO FACULTA LA ELABORACION DE ESTA LIQUIDACION

    CARGO: FUNCIONARIO PUBLICO LEY 276
    CARGO: GERENTE DE ASESORIA LEGAL
    FECHA DE INGRESO: 09/06/2010
    FECHA DE CESE: 30/04/2011
    REMUNERACION TOTAL S/2,000.00
    REMUNERACION BASICA: S/.50.00
    TIEMPO COMPUTABLE: 10 MESES Y 22 DIAS

    REMUNERACION BASICA S/. 25.00
    REUNIFICADA 18.24
    REMUNERACION ———————
    COMPUTABLE S/. 43.24

    D.LEG. N°276 ART. 54°

    VACACIONES TRUNCAS
    2,000/12*10 1,666.67
    166.67/30*22 122.22 1,788.89
    CTS
    3.60 *10 MESES 36.03
    3.60 /30 *22 DIAS 2.64 38.68

    ============
    TOTAL A PAGAR S/. 1,827.57
    ============
    OBLIGACIONES
    APORTE DEL EMPLEADOR

    O N P 13% TOTAL
    237.58

    ============
    NETO A PAGAR S/. 1,589.98
    ============
    ESSALUD 9% S/. 164.48

  65. HOLA QUE TAL ME LLAMO CARMEN TRABAJO COMO SNP EN UNA ENTIDAD DEL ESTADO MENSUALMENTE PRESENTO RECIBO POR HONORARIOS, ACTUALMENTE LABORANDO 3 AÑOS Y 6 MESES FIRMANDO CONTRATO CADA 6 MESES QUISIERA SABER QUE OPCION TENGO PARA HACER UN JUICIO Y RECLAMAR LOS DERECHOS QUE SUPUESTAMENTE ME PERTENECEN.

  66. Cordiales saludos y felicitaciones por el caso de francisco, tanbien necesito su apoyo, escribo mi caso.
    Soy trabajdor del banco de la nacion, contrato de locacion de servicios considerado como (SNP), trabajo desde el 01 de febrero del 2005 hasta 31 de diciembre de 2007 sin ningun contrato, me pagaban con mi
    recibo por honorarios profecionales.
    desde el 02 de enero del 2008 hasta la fecha firmamos contratos de locacion de servicios renovables por 6 meses luego por 03, ahora ultimo por 02 meses siempre cuando se renueva el contrato hay distancia de varios dias.
    – sueldo mensual es de s/.600.00seiscientos soles mensuales
    – no tengo seguro de salus,CTS, vacaciones y otros veneficios a mi favor
    – no firmo entrada ni salida al trabajo, solo me firma mi hota de trabajo diario mi jefe inmediato.
    si faltara algun detalle puedo enviarselo solo solicitarme, necesito su telefono para poder comunicarme
    directamente con uds. Dios lo bendiga

    atte,

  67. DR., HE VENIDO TRABAJANDO POR MAS DE 15 AÑOS EN EL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD, BAJO LA MODALIDAD DE CONTRATADA CON LA LEY 276 EN UN PROYECTO QUE POR LOS AÑOS YA ESTA DESNATURALIZADO, EN EL MES DE ENERO DE ESTE AÑO ME OBLIGARON A FIRMAR UN CONTRATO DE CAS, PERDIENDO TODOS MIS DERECHOS, PUEDO SER REPUESTA A MI MODALIDAD ANTERIOR, YA QUE POR LO AÑOS HE ADQUIRIDO LA SITUACION DE TRABAJADORA PERMANENTE.

  68. Dr. Robert: Quisiera saber si el Régimen Laboral del Instituto Peruano del Deporte es aplicable al de FONCODES, ya que trabaje por SNP por más de un año y medio en este sistema También año y medio en el sistema CAS incluso solicite mi pago de los 15 días de vacaciones que me correspondian y no me cancelaron.
    De ser el caso para que puedan asesorarme ya que tengo un poco más de un año de haber terminado mi relación laboral.

  69. Buenos días:

    Una consulta. Tengo un pariente que trabaja actualmente en el Poder Judicial e inició sus labores en el SNP (por más de 6 años). Ahora lo han pasado a CAST. Quiero saber, teniendo el vínculo aún vigente, si puede reclamar, y que vía sería, el pago de sus beneficios sociales.

    Muchas gracias

  70. un trabajador fue destituido mediante proceso administrativo llevo trabajando mas de 14 años en la municipalidad tenia el cargo de chofer nombrado con el regimen Nº 276, y no le han pagado sus beneficios sociales mi pregunta es el puede pedir la reincorporacion a su trabajo ya que le imputan que el a sido destituio por llegar reiteradamente en estado de ebriedad pero solo se basan en informes que presentan otros jefes de área pero el estado de ebriedad a que se refieren no ha sido probado mediante dosaje etilico

  71. Amigos, los saludo cordialmente, y mi pregunta es: En una asociacion de comerciantes, en donde todos son socios trabajadores independientes, se podra reclamar beneficios sociales, asi mismos por desarrollar sus actividades de vender papas, pollo, verduras, abarrotes, etc.

    lo que sucede es que, igual como ellos, los socios trabajadores independientes, en su comercios y que ponen sus esfuerzos fisicos, ponen sus propios capitales y riegos; tambien, han pedido el apoyo de un trabajador independiente socio como ellos y de otro socio un familiar y dos amigos mas, que como capital no ponen dinero sino ponen esfuerzo fisico -como los socios del mercadillo- tambien lo ponen; y resulta que, pasado cuatro años y despues del cambio de una directiva que duro 4 años, llego otra junta directiva y decidieron dar terminado el apoyo de los amigos que hacian vigilancia en el mercado y pese a que ellos los vigilantes como justiprecio entregaban sus reciboc por honorarios. ahora, los amigos que hacian de vigilantes ya reclamaron al juez laboral el pago de beneficios sociales; y les pregunto como queda la buena fe en los negocios.

    acaso no hay un poco de respeto a los otros socios comerciantes, que ahora por esos reclamos, para pagar los beneficios sociales de los cuatro vigilantes, los socios independientes TIENEN QUE TRABAJAR COMO ESCLAVOS para pagar los beneficios de los cuatro vigilantes, es un problema social, que no entiendo, una persona tiene derechos de beneficios sociales y porque NO LO DICE AL MOMENTO EN QUE INGRESA Y NO ESPERAR CUATRO AÑOS. de seguro me diran, asi nadie dara trabajo o no habra trabajo o me diran y porque la asociacion no aviso al vigilante, diciendo que no hay planillas, en todo caso, y en todo caso no habria trabajo para nadie, y como queda eso de que, eres mi amigo, me conoces y dame trabajo aunque sea como vigilante, tengo familia que mantener, pero los socios del mercadillo, tambien tienen familia, y trabajan como independientes, no reclaman al juez laboral, muchas veces sus mercaderis son robados, el capital baja, tantos riesgos que pasan pero ellos siguen trabajando.

    La justocia, es una balanza entre la verdad y la ley, entre la buena fe y la realidad de los hechos.

    como queda el articulo II del TP del CC

    Los jueces en Lima, en verdad no tienen una visison de justicia.

    atte.

    aldo

  72. SEÑORES: DE ANTEMANO LES AGRADEZCO SU ATENCION A MI PREGUNTA, LA MISMA QUE LES EXPONGO:
    SOY UN TRABAJADOR DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR, COMO OBRERO DE LIMPIEZA PUBLICA, CON MAS DE 8 AÑOS LABORANDO BAJO CONTRATOS DE LOCACION DE SERVICIOS, Y A PARTIR DE AGOSTO DEL 2007, BAJO LOS CONTRATOS ADMINISTRATIVOS DE SERVICIOS, HASTA LA ACTUALIDAD, MIS PREGUNTAS SON:

    1.- PODRIA DEMANDAR PARA QUE ME CONTRATEN BAJO LOS ALCANCES EL DECRETO LEG. 728, YA QUE LA LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES, ESTABLECE QUE LOS TRABAJADORES OBREROS PERTENECEMOS A DICHO REGIMEN.

    2.- BAJO EL REGIMEN CAS, TENDRIA DERECHO A SOLICITAR UNA REPOSICION SI SOY DESPEDIDO SIN MOTIVO, POR CUANTO MES A MES FIRMO RENUEVO CONTRATO Y EXISTE LA POSIBILIDAD DE QUE SIMPLEMENTE NO ME RENUEVEN EL CONTRATO Y ME QUEDE SIN TRABAJO.

  73. Sres. buenas tardes, muy brevemente les explico mi situacion; llevo trabajando como locador de servicios (SNP) por ya casi 4 años consecutivos, en la cual no recibo ningun beneficio, gratificacion, vacaciones, cts. etc; me renuevan el contrato cada 3 a 6 meses dependiendo el “estado de animo” de mi jefe, siempre bajo amenaza y con la angustia si me despediran o no. Yo trabajo en el Banco de la Nacion y queria saber si podria exigir a la institucion entrar a planillas por el medio mas conveniente ya que hago labores como un trabajador directo de la institucion, ejerzo funciones, etc; ¿Tendria que esperar a que me despidan para iniciar una demanda y exigir todos mis beneficios o podria hacerlo dentro del contrato vigente que me renuevan cada 3 o 6 meses? ya que en el Banco de la Nacion en su mayoria son locadores de servicios pero nadie hace nada por temor a perder su trabajo. Quisiera recibir asesoramiento por parte de Uds.
    Gracias.

  74. Estimados, me acaban de informar que me van a despedir, solo trabajo hasta fin de este mes para una institución del estado, diganme, debo solicitar algún documento que me respalde por si no quieren pagarme mi liquidación? trabajé 4 años y 8 meses en la modalidas SNP primero y ahora CAS.

    Gracias de antemano.

  75. Queria consultar si una persona que ingresó a laborar como CAS en octubre 2008 y luego gano un concurso y fue contratado a plazo fijo bajo el Decreto Legislativo 276 (31.12.2008 fue su ingreso) y renuncia el 16.09.2010, cuyo contrato se renovaba cada año; tiene derecho a algun pago por parte de la Entidad Pública, es hubo vacaciones no gozadas y vacaciones truncas porque practicamente faltaban 3 meses y medio para cumplir otro año laboral.

    Tiene derecho a que le liquiden y le paguen algo por ello?
    Gracias por absolver mi consulta.

  76. Estimado Doctor,

    Yo tengo 3 meses laborando en una empresa en la que estoy por recibos por honorarios, mi horario de trabajo es de lunes a viernes de 8:30 a 6:30 y los sabados de 8:30 a 1:30 soy un personal que supuestamente tenia ciertas funciones, pero las cuales las han aumentado dandome mas trabajo del que deberia, el detalle es que hace una semana amaneci con un dolor horrible en la espalda…fui al doctor y me dijeron que era lumbalgia, y me dieron una semana de descanso medico, yo me comunique con la empresa indicando sobre el descanso y que en realidad yo siempre que estoy enfermo voy asi a trabajar pero en este caso la verdad es que no me podia ni mover de la cama fue horrible, y a la semana cuando regrese a laborar, el señor de rrhh me salio con que esos dias no me los iban a pagar, porque estoy bajo rr x hh eso no me parece justo, ya que yo tengo contrato de por medio y aparte cumplo con un horario de trabajo que me exigen y hago mas de las funciones que me indicaron entonces que podria hacer al respecto….

  77. mi consulta es que labore como nombrada bajo el dec.leg 276 y concluyeron mi nombramiento estando haciendo uso de mi descanso pre y post natal, tengo conocimiento que por la Ley 27185, que protege a la madre, no me pueden hacer ello, es´posible querecurra via accion de amparo debido a que me encuentro dentro de las excepciones. Por favor envienmmesu respuesta debido a que deseo me asesoren.

  78. DESDE YA GRACIAS POR SU RESPUESTA,SOY PENSIONISTA DE CAJ POLICIAL MILITAR. HE TRABAJADO EN EMAPE, CON EL SISTEMA SERVICIOS NO PERSONALES Y MI RECIBO LOS GIRABA A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE LIMA,TENGO TRABAJANDO EN EMAPE 21 MESES ,Y ES PROBABLE QUE EL 30 DE SETIEMBRE DE ESTE AÑO NOS DESPIDAN, Y NO HE TENIDO NINGUN TIPO DE BENEFICIOS,MI PREGUNTA SERIA,TENGO ALGUN BENEFICIO SOCIAL Y COMO TRAMITARLO.DESDE YA GRACIAS.

    ¿

  79. Buenos dias Señores,
    me gustaria contactar con ustedes es por un tema de saber a cuento asciende mi liquidacion y poder reclamar utilidades que la empresa no quiere pagarme.

    Me gustaria me brinden algun numero de telefono o celular para poder reunirnos y explicarles mi caso y ver en que manera me pueden ayudar.

    y tambien saber el costo de la consulta.

    Estoy a la espera de su respuesta.

    gracias.

  80. buenas noches
    estoy en un tramite por un despido arbitriario, y se me extraviaron todas mis boletas de pago, la consulta es si estoy en mi derecho de pedir duplicados a miantiguo empleador.
    gracias

  81. Señores mi caso es igual al del Sr. Francisco, trabaje en el Banco de la Nacion como SNP por un periodo de 4 años y 9 meses, pero en el transcurso de esos periodos tuve por decir huecos, osea mi contrato acababa 15 de Junio y me lo renovaban a partir del 15 de Setiembre por 3 meses, queria saber si puedo proceder con el pago de mis beneficios sociales, mi ultimo contrato acabo el 13 de Diciembre del 2011.

    Agradecere su pronta respuesta

  82. NECESITO SU ASESORIA, SOY TRABAJDORA ADMINISTRATIVA NOMBRADA BAJO EL REGIMEN 276, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN TECNICO ADMINISTRATIVO EN LA CIUDAD DE TUMBES, Y NO ME ESTAN PAGANDO, CANASTA FAMILIAR, ZONA DE FRONTERA, 13 Y 14 AVOS SUELDOS , MOTIVO POR EL CUAL SOLICITO SU AYUDA Y SESORIA, ENVIEME SU RESPUESTA LO MAS PRONTO POSIBLE, EN TUMBES VARIAS ENTIDADES HAN GANADO LO EXPUESTO ARRIBA INDICADO

  83. le quiero hacer una consulta, yo tengo laborando 12 años como SNP en un ministario aun puedo hacer una demando laboral, y ahora estoy laborando como CAS en forma inenterumpia y un poco de temor al hacer juicio. Gracias de antemano la respuesta

  84. Soy trabajadora de una municipalidad, q he sido reincorporado por medida cautelar y estoy sindicalizada el caso es, q hubo negociacion colectiva, por costo de vida y han sido beneficiados todo los sindicalizados, mi pregunta es q como soy trabajadora repuesta con medida cautelar me alcanza este beneficio o tengo limitaciones por estar con medida cautelar.

  85. Trabaje 6 años, 8 meses en una institucion publica, por SNP, nunca me dieron vacaciones, gratificaciones, cts, afrp, seguro, sali de trabajar porq no querian levantarme mi sueldo ya que era muy poco, pregunto ¿Puedo demandar y reclamar todos mis beneficios laborales dejados de percibir?.

    Gracias

  86. buenas.
    el asunto es el sgte:
    trabaje en el ministerio de la mujer como SNP (ley 276) desde el año 1998 hasta agosto el 2005 y alli me cortaron mi contrato, luego agote el proceso administrativo y les entable una demanda por reposicion y otras cosas mas (del dinero e indemnisacion no me lo aceptaron en la 1era instancia, pero creo que eso viene ya en otro proceso civil y despues de la repocicion)..la cosa es que al fin ya el juzgado en la 2da instancia me dio por ganador y mi inmediata incorporacion a la entidad estatal y en diciembre 2012 ya me debo de estar reincorporandome por orden judicial… el asunto es que la OGA del ministerio pretenden reincorporarme con el sueldo no indexado, mejor dicho sin los aumentos de a la fecha que paso…y este sueldo que era 1500 me va quedar chico con todos los gastos y deudas que tengo que afrontar hoy 2012… han pasado desde agosto al 2005 (hora de despido) a la fecha como 6 años y unos 4 meses y recien me van a reponer y creo estar en derecho en que me indemnicen por todo lo que no deje de percibir (e incluso desde el año que logre ingresar por todo lo que deje de percibir hasta que me despidieron)…el asunto es que en sus comentarios iniciales uds habla de entidades que tienen regimenes privados como la 728 ( FONCODES, PRONAA, etc etc) pero el ministerio funciona como la 276 y es otro regimen economico, seria interesante que me diga que alternativas tengo para que me indemnicen el dinero que deje de percibir, ya sea cuando estuve laborando y cuando no estuve laborando.. agradecere mucho tambien que me deje su fono y direcion y/o correo de estudio para la correspondiente consulta.
    Gracias
    Fernando López

  87. Buenos dias Dr.
    mi duda es que yo ingrese a trabajar a una instituciòn publica en mayo del 2009 hasta noviembre del 2011 bajo la modalidad de SNP – Contrato Locaciòn; luego me incorporaron al REgimen de Contrato Administrativo de Servicios – CAS a la fecha vengo laborando bajo dicha modalidad, mi duda es que con la aprobaciòn del congreso sobre la eliminaciòn progresiva del CAS, tengo derecho a ser incorporado en planillas.
    ahora en caso de que no se me renueve mi contrato tengo la posibilidad de ser reincorporado
    desde ya agradezco su respuesta
    atte. Josep

  88. Buenas tardes, Dr. ,is gracias anticipadas por la respuesta, trabaje por 22 meses ininterrumpidos bajo la modalidad de locacion de servicios como abogado de una Gerencia de Asesoria Legal, donde mi jefe inmediato era el Jefe de Asesoria Legal, teniamos un horario de ingreso, una remuneracion y recibia directrices,planteo mi solictud de contratacion y el Gobierno Regional , me señala que tuve un corte laboral los meses de junio y noviembre 2012 (completamente fuera de lugar, tengo contratos firmados por esos meses), segun su optica es factible mi reposicion a traves de 24041 ?

  89. FUI EMPLEADO CAS DESDE FEBRERO DEL 2011 HASTA OCTUBRE DEL 2014 TENGO ALGUN BENEFICIO PARA RECLAMAR YA QUE TRABAJE MAS DE 3 AÑOS 8 MESES CONSECUTIVOIS, PUEDO PEDIR REPOCISION O PAGO DE ALGUNA INDEMNIZACION SOLO NOME RENOVARON EL CONTRATO SIN NINGUNA CAUSAL

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